Habilitación de las cabinas audiométricas

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Les adjuntamos en un archivo el Artículo 3.4.2 del Decreto Nª 6030 , en relación a la Ley 9847 y su Decreto Reglamentario Nª 1453/86 y modificatorias. Esto es lo que está en vigencia y lo que se exige para la Habilitación de las Cabinas Audiométricas, de acuerdo a lo notificado por la Dirección de Auditoría Médica del Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe.

Articulo 3 – Decreto N°6030
DDJJ Medicion Cabina
Cabinas Audiometricas – MEDICIONES